El Parlamento Europeo aprobó el pasado 22 de octubre, en el pleno de Estrasburgo, el acuerdo alcanzado con el Consejo sobre el Ómnibus VI de productos químicos. La votación obtuvo 477 votos a favor, 59 en contra y 41 abstenciones. Antes, la Eurocámara había rechazado la petición del grupo La Izquierda de tumbar el pacto por los periodos transitorios. El texto pacta una vía para retirar del mercado los cosméticos con sustancias carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR) cuando se prohíbe una de ellas.
El acuerdo político se cerró en la noche del 16 de junio. Falta la adopción formal del Consejo, y la norma entrará en vigor 20 días después de publicarse en el Diario Oficial de la UE.
Un calendario escalonado, más corto que el de Bruselas
El Reglamento de Cosméticos no prevé hoy un escalonamiento general para retirar productos con una sustancia recién prohibida. La Comisión proponía 12 meses para dejar de comercializarlos y 24 para que desaparezcan de las tiendas. El acuerdo final recorta esos plazos así:
| Escenario | Dejar de poner en el mercado | Retirada total de la venta |
| Propuesta de la Comisión (referencia) | 12 meses | 24 meses |
| Sin solicitud de derogación | 6 meses | 12 meses |
| Derogación denegada por motivos de seguridad | 3 meses | 9 meses |
| Derogación denegada por existir una alternativa adecuada | 24 meses | 36 meses |
Lo que no cambia
- Vía de exposición. Se descarta la exención que proponía la Comisión para sustancias clasificadas CMR por exposición oral o por inhalación. Cualquier clasificación CMR puede activar la prohibición o el procedimiento de derogación, sea cual sea la vía de exposición.
- Nanomateriales. Se mantiene la notificación previa a la Comisión, aunque sin los seis meses de antelación actuales.
- Alternativas. Para acelerar la sustitución de sustancias peligrosas, la Comisión elaborará una guía sobre el análisis de alternativas un año después de la entrada en vigor.
